La primera duda que se plantea es determinar qué obras son las que van a necesitar la suscripción de este seguro para poder ser inscritas en el Registro de la Pro-piedad. En general, la doctrina de la norma indica que será necesario el seguro decenal en aquellos casos en los que se altera la configuración arquitectónica del edi-ficio, entendiendo por alteración de la configuración arquitectónica la actuación que tenga el carácter de in-tervención total o la parcial que produzca: • Una variación esencial de la composición general exterior. • Una variación de la volumetría. • Una variación del conjunto del sistema estructural. • Una variación que tenga por objeto cambiar los usos característicos del edificio. Todo esto en el marco de un uso destinado princi-palmente a vivienda. Posibilidades. Así, dentro de este grupo de obras nos encontramos con multitud de posibilidades, como pueden ser obras de rehabilitación que mantienen parcialmente sus elementos estructurales, ampliaciones de viviendas en su implantación, remontas de edificios, obras de refuerzo estructural generalizado e incluso a nivel técnico cabría incluir dentro de estas obras aquellas que disponen de una fachada catalogada como protegida, por lo que ha de respetarse la composición de la misma mientras que se aborda una actuación integral en su interior. El trabajo del Organismo de Control Técnico con-siste, una vez más, en informar a la compañía de se-guros acerca del comportamiento estructural de una edificación que, en este caso, mantiene elementos constructivos ejecutados con anterioridad y de los que, en numerosas ocasiones, dado el tiempo transcurrido desde la ejecución de la obra original, no se dispone de toda la documentación deseada. El valor de la documentación. En este punto, es cuando El oct informa a la compañía de seguros sobre el comporta- miento estructural de una edificación con elementos constructivos ejecutados con anterioridad y de los que, muchas veces, no se dispone documentación MUSAAT / pROFESIÓN EL ORGANISMO DE CONTROL TÉCNICO EN OBRAS DE REHABILITACIÓN, REFORMA O AMPLIACIÓN