papel pasivo a un papel activo. La búsqueda de este cambio se muestra en el documento a través de diversas medidas, entre las que se encuentra la obligación de que los equipos permanentes dispongan, además del marcado CE, del eti-quetado energético, pudiendo así el usuario/técnico tener una variable energética comparativa en la toma de decisio-nes. Sin embargo, la modificación visible más notable se ha realizado a través de una nueva IT (3.4.5) específica, sobre información al usuario. En ella, los usuarios y titulares po-drán consultar el consumo energético de, al menos, los edi-ficios administrativos, comerciales y de pública concurren-cia con superficie mayor a 1.000 m2 y su evolución dentro de los cinco años anteriores. Concreta el reglamento que la información será, preferentemente, ubicada en los vestíbu-los de acceso. Por otra parte, se crea una cadena de infor-mación energética, incluyéndose en el libro del edificio, con instalaciones de potencias térmicas nominales mayores a 70 kW, un desglose del consumo por uso, para la aplicación futura de nuevas medidas que fomenten su sostenibilidad. Por último, se establece, en la disposición adicional prime-ra, que el usuario podrá consultar mensualmente su consu-mo de ACS y liquidación individual de forma electrónica y gratuita, incluyendo comparativas anuales, interanuales y, también, con respecto a un usuario de referencia. Otras cuestiones importantes. En el nuevo texto hay tam-bién ciertas modificaciones que no pasan desapercibidas, además de las mencionadas, pero que son igualmente im-portantes. Entre ellas, la alineación del reglamento con los criterios de diseño ecológico, la comunicación a los órganos competentes de las comunidades autónomas de los datos energéticos o las modificaciones en las IT sobre inspeccio-nes. Sin embargo, hay tres especialmente interesantes. La primera respecto a expertos independientes que inspeccio-nen las instalaciones térmicas completas y que incluye a to-dos los expertos cualificados o acreditados, pudiendo estar listados en el registro actualizado de las comunidades au-tónomas. En segundo lugar, la obligación de instalar, antes de 2027, sistemas de lectura remota del consumo de agua SECTOR / Modificación RITE Los sistemas de automatiza-ción y control (SAC) ayudan a extraer de los equipos su mejor rendimiento, según las con-diciones que les puedan afectar y las necesida-des del usuario